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Igualdad y violencia de género: las cuatro leyes del programa

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Test de la Constitución

9 min de lectura · Revisado el 25 de octubre de 2026 · Programa de la convocatoria de diciembre de 2025

En este tema · 9 apartados
  1. ¿Qué conceptos define la Ley Orgánica 3/2007?
  2. ¿De dónde viene la Ley Orgánica 1/2004?
  3. ¿Qué medidas de sensibilización, prevención y detección prevé?
  4. ¿Qué derechos tienen las mujeres víctimas?
  5. ¿Qué es la tutela institucional?
  6. ¿Qué añade la Ley 15/2022 de igualdad de trato?
  7. ¿Qué regula la Ley 4/2023?
  8. Artículos clave para el test
  9. Trampas típicas

La violencia de género, para la Ley Orgánica 1/2004, es la que se ejerce sobre las mujeres, como manifestación de la discriminación, la desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre ellas, por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia (art. 1.1 LO 1/2004). Es una de las cuatro leyes del tema 2 del programa, que es igual en los tres cuerpos.

El tema parte de los artículos 9.2 y 14 de la Constitución.

Ley Qué regula Órgano o figura clave
Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo La igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres Planes de igualdad; Unidades de Igualdad de los ministerios
Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre La protección integral frente a la violencia de género Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género; Observatorio Estatal
Ley 15/2022, de 12 de julio La igualdad de trato y la no discriminación por cualquier causa Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato y la No Discriminación
Ley 4/2023, de 28 de febrero La igualdad de las personas LGTBI y la rectificación registral del sexo Procedimiento ante el Registro Civil

¿Qué conceptos define la Ley Orgánica 3/2007?

Su objeto es hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, en particular eliminando la discriminación de la mujer, en desarrollo de los artículos 9.2 y 14 de la Constitución (art. 1.1). Se aplica a toda persona, física o jurídica, que se encuentre o actúe en territorio español (art. 2.2).

Concepto Definición legal Artículo
Discriminación directa Tratar a una persona, en atención a su sexo, de manera menos favorable que a otra en situación comparable 6.1
Discriminación indirecta Una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros que pone a las personas de un sexo en desventaja particular, salvo justificación objetiva 6.2
Embarazo o maternidad Todo trato desfavorable relacionado con ellos es discriminación directa 8
Represalias Cualquier trato adverso por presentar una queja, denuncia o demanda contra la discriminación 9
Acciones positivas Medidas específicas a favor de las mujeres, razonables y proporcionadas, mientras subsista la desigualdad 11
Composición equilibrada Ningún sexo supera el sesenta por ciento ni baja del cuarenta Disposición adicional primera

En los procesos por discriminación por razón de sexo, si el demandante la alega, corresponde al demandado probar que no la hubo y que sus medidas fueron proporcionadas; esta regla no se aplica en los procesos penales (art. 13). En los litigios por acoso, la única legitimada es la persona acosada (art. 12.3).

Los tribunales de selección de la Administración General del Estado responden al principio de presencia equilibrada, salvo razones fundadas y objetivas, motivadas (art. 53). Coordina las políticas la Comisión Interministerial de Igualdad (art. 76), y en cada ministerio un órgano directivo hace de Unidad de Igualdad (art. 77).

¿De dónde viene la Ley Orgánica 1/2004?

Su exposición de motivos recoge los antecedentes internacionales: la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación sobre la mujer de 1979, la Declaración de Naciones Unidas sobre la eliminación de la violencia sobre la mujer de 1993, la IV Conferencia Mundial de 1995, celebrada en Pekín, y la resolución de la Organización Mundial de la Salud de 1996 que declaró la violencia problema prioritario de salud pública. En España, cita la Ley 27/2003, reguladora de la orden de protección de las víctimas de la violencia doméstica, y las Leyes Orgánicas 11/2003 y 15/2003.

La ley comprende todo acto de violencia física y psicológica, incluidas las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones y la privación arbitraria de libertad (art. 1.3), y también la que se ejerce sobre los familiares o allegados menores de edad para causar daño a la mujer (art. 1.4, añadido en 2021). Protege a las mujeres, a sus hijos menores y a los menores sujetos a su tutela o guarda y custodia (art. 1.2).

Sus principios rectores (art. 2) van de la sensibilización y la prevención a los derechos de las víctimas, la tutela institucional, el refuerzo penal y procesal, la coordinación de recursos públicos, la especialización de los profesionales y la transversalidad de las medidas.

¿Qué medidas de sensibilización, prevención y detección prevé?

El título I se divide en tres ámbitos:

  • Plan Estatal de Sensibilización y Prevención de la Violencia de Género, de carácter permanente, controlado por una Comisión de amplia participación que debía crearse en un mes. La Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género elabora su informe anual de evaluación y lo remite a las Cortes Generales (art. 3).
  • Educativo (arts. 4 a 9): formación en igualdad en todas las etapas, formación específica del profesorado y vigilancia de la inspección educativa.
  • Publicidad y medios (arts. 10 a 14): es ilícita la publicidad que utilice la imagen de la mujer con carácter vejatorio o discriminatorio (art. 10).
  • Sanitario (arts. 15 y 16): detección precoz y una Comisión contra la Violencia de Género en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, que remite un informe anual al Observatorio Estatal (art. 16).

¿Qué derechos tienen las mujeres víctimas?

Derecho Contenido Artículo
Información Plena información y asesoramiento sobre su situación, en formato accesible 18
Asistencia social integral Servicios de atención, emergencia, apoyo y acogida y recuperación integral, también para los menores 19
Asistencia jurídica gratuita Asesoramiento antes de denunciar y defensa y representación gratuitas en los procesos derivados de la violencia 20
Laborales y de Seguridad Social Reducción o reordenación del tiempo de trabajo, movilidad geográfica, cambio de centro, suspensión con reserva de puesto y extinción del contrato 21
Funcionarias Reducción o reordenación del tiempo de trabajo, movilidad geográfica y excedencia 24
Económicos Ayuda de pago único si sus rentas no superan el 75 % del salario mínimo, sin dos pagas extraordinarias 27

«Las víctimas de violencia de género podrán personarse como acusación particular en cualquier momento del procedimiento si bien ello no permitirá retrotraer ni reiterar las actuaciones ya practicadas antes de su personación, ni podrá suponer una merma del derecho de defensa del acusado.» (art. 20.7 LO 1/2004)

La ayuda del artículo 27 equivale a seis meses de subsidio por desempleo, doce si la víctima tiene una discapacidad igual o superior al 33 %, y puede llegar a dieciocho meses con responsabilidades familiares o a veinticuatro si además la víctima o un familiar conviviente tiene esa discapacidad. La suspensión y la extinción del contrato dan lugar a situación legal de desempleo (art. 21.2).

¿Qué es la tutela institucional?

  • Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género (art. 29): adscrita al Ministerio de Igualdad o al competente, formula las políticas públicas, elabora la Macroencuesta de Violencia contra las Mujeres y su titular está legitimado para intervenir ante los tribunales en defensa de los derechos de la ley.
  • Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer (art. 30): órgano colegiado de asesoramiento, evaluación y estudio, que envía cada año al Gobierno y a las comunidades autónomas un informe sobre la evolución de la violencia.
  • Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (art. 31): unidades especializadas en prevención y en el control de las medidas judiciales.
  • Planes de colaboración y protocolos (art. 32) entre sanidad, Administración de Justicia, policías, servicios sociales y organismos de igualdad.

¿Qué añade la Ley 15/2022 de igualdad de trato?

Amplía la protección a cualquier causa de discriminación:

«Nadie podrá ser discriminado por razón de nacimiento, origen racial o étnico, sexo, religión, convicción u opinión, edad, discapacidad, orientación o identidad sexual, expresión de género, enfermedad o condición de salud, estado serológico y/o predisposición genética a sufrir patologías y trastornos, lengua, situación socioeconómica, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.» (art. 2.1 Ley 15/2022)

Define, además de la discriminación directa e indirecta, la discriminación por asociación y por error, la múltiple y la interseccional, el acoso discriminatorio y las represalias (art. 6). Se aplica también a la Administración de Justicia (arts. 2.4 y 3.1). Si quien alega discriminación aporta indicios fundados, la otra parte tiene que justificarla objetivamente, salvo en los procesos penales y en los procedimientos administrativos sancionadores (art. 30). Crea la Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato y la No Discriminación (art. 40) y un régimen de sanciones:

Infracción Multa Ejemplos
Leve De 300 a 10.000 euros Irregularidades formales sin efecto discriminatorio
Grave De 10.001 a 40.000 euros Discriminación directa o indirecta, por asociación o por error; represalias
Muy grave De 40.001 a 500.000 euros Discriminación múltiple; acoso discriminatorio

¿Qué regula la Ley 4/2023?

Garantiza la igualdad real y efectiva de las personas lesbianas, gais, trans, bisexuales e intersexuales (LGTBI) y de sus familias, y regula la rectificación registral del sexo y, en su caso, del nombre (art. 1). Define la persona trans como aquella cuya identidad sexual no se corresponde con el sexo asignado al nacer (art. 3 k).

Edad de la persona española Cómo pide la rectificación Artículo
Mayor de dieciséis años Por sí misma ante el Registro Civil 43.1
Entre catorce y dieciséis Por sí misma, asistida por sus representantes legales 43.2
Entre doce y catorce Autorización judicial por jurisdicción voluntaria 43.4

No se puede exigir informe médico o psicológico ni modificación corporal (art. 44.3). Tras la primera comparecencia, el encargado del Registro cita de nuevo a la persona en un plazo máximo de tres meses para que ratifique su solicitud, y resuelve en un mes como máximo desde esa segunda comparecencia; contra la resolución cabe recurso de alzada ante la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (art. 44.8 a 10). La rectificación tiene efectos constitutivos desde su inscripción (art. 46.1) y no altera el régimen de la Ley Orgánica 1/2004 aplicable antes de inscribirse (art. 46.3).

Artículos clave para el test

Artículo Qué dice
1.1 LO 1/2004 Concepto de violencia de género: cónyuges o relaciones de afectividad, aun sin convivencia
23 LO 1/2004 Formas de acreditar la situación de violencia
27 LO 1/2004 Ayuda de pago único: 75 % del salario mínimo; seis meses de subsidio
29 LO 1/2004 Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género
45.2 LO 3/2007 Plan de igualdad obligatorio desde cincuenta trabajadores
DA 1.ª LO 3/2007 Composición equilibrada: entre el cuarenta y el sesenta por ciento
40 Ley 15/2022 Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato y la No Discriminación
48 Ley 15/2022 Multas de 300 a 500.000 euros
43 Ley 4/2023 Rectificación por sí misma desde los dieciséis años
47 Ley 4/2023 Reversión pasados seis meses

Trampas típicas

  • Aun sin convivencia: la relación de afectividad no exige haber vivido juntos (art. 1.1 LO 1/2004).
  • 75 % del salario mínimo, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias, y seis meses de subsidio, no doce (art. 27.1 y 2 LO 1/2004). Los doce meses son para la discapacidad igual o superior al 33 %.
  • Inversión de la carga de la prueba: nunca en el proceso penal (art. 13.2 LO 3/2007 y art. 30.3 Ley 15/2022).
  • Cincuenta o más trabajadores, no más de cincuenta, para el plan de igualdad obligatorio (art. 45.2 LO 3/2007).
  • Embarazo o maternidad: es discriminación directa, no indirecta (art. 8 LO 3/2007).
  • Discriminación múltiple y acoso discriminatorio son infracciones muy graves; la discriminación simple es grave (art. 47 Ley 15/2022).
  • Dieciséis, catorce y doce años en la rectificación registral, y siempre para personas de nacionalidad española (art. 43 Ley 4/2023).
  • Dos nombres: el artículo 2 de la LO 1/2004 aún habla de la «Delegación Especial del Gobierno contra la Violencia sobre la Mujer», pero el órgano del artículo 29 se llama Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género.

Este tema es el número 2 en los tres programas; puedes verlo en su sitio en el temario de Tramitación Procesal o en la guía de oposiciones a Gestión Procesal. El artículo 14 de la Constitución, base de todo el tema, entra en el test del título I.

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Dudas

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre acoso sexual y acoso por razón de sexo?

El acoso sexual es cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual que atente contra la dignidad de una persona; el acoso por razón de sexo es cualquier comportamiento realizado en función del sexo de una persona con el propósito o el efecto de atentar contra su dignidad y crear un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo. Los dos se consideran en todo caso discriminatorios (art. 7 de la Ley Orgánica 3/2007).

¿Qué empresas están obligadas a tener un plan de igualdad?

Las de cincuenta o más trabajadores (art. 45.2 de la Ley Orgánica 3/2007), las que lo exija su convenio colectivo y las que deban hacerlo porque la autoridad laboral sustituyó por el plan las sanciones accesorias de un procedimiento sancionador (art. 45.3 y 4). Para las demás es voluntario.

¿Cómo se acredita la situación de violencia de género para ejercer los derechos de la ley?

Con una sentencia condenatoria, una orden de protección u otra resolución judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la víctima, un informe del Ministerio Fiscal que indique indicios, o un informe de los servicios sociales, de los servicios especializados o de los servicios de acogida (art. 23 de la Ley Orgánica 1/2004).

¿Puede revertirse la rectificación registral del sexo?

Sí. Pasados seis meses desde la inscripción de la rectificación, la persona puede recuperar la mención anterior por el mismo procedimiento. Si después quiere volver a rectificarla, tiene que acudir a la jurisdicción voluntaria (art. 47 de la Ley 4/2023).

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Redacción de Opositor Justicia · Revisado el 25 de octubre de 2026. No somos una academia ni el Ministerio: ante cualquier duda, manda el texto del BOE y la convocatoria.