En este tema · 9 apartados
- ¿Cómo está organizada la Constitución?
- ¿Qué valores superiores proclama el artículo 1?
- ¿Qué regula el título preliminar?
- ¿Cómo se organizan los derechos del título I?
- ¿Qué garantías protegen los derechos fundamentales?
- ¿Qué funciones tiene el Rey?
- ¿Cómo funcionan la sucesión, la Regencia y la tutela?
- Artículos clave para el test
- Trampas típicas
La Constitución española de 1978 es la norma a la que están sujetos los ciudadanos y los poderes públicos (art. 9.1): tiene un preámbulo, 169 artículos repartidos en un título preliminar y diez títulos, cuatro disposiciones adicionales, nueve transitorias, una derogatoria y una final, y entró en vigor el mismo día en que se publicó en el BOE, el 29 de diciembre de 1978 (disposición final).
Esta página explica la estructura, el título preliminar, cómo se protegen los derechos y la Corona. Las Cortes Generales y el Tribunal Constitucional, que entran en el mismo tema oficial, tienen su propia página.
¿Cómo está organizada la Constitución?
El preámbulo no tiene artículos, pero resume los fines del texto:
«La Nación española, deseando establecer la justicia, la libertad y la seguridad y promover el bien de cuantos la integran, en uso de su soberanía, proclama su voluntad de: Garantizar la convivencia democrática dentro de la Constitución y de las leyes conforme a un orden económico y social justo.» (Preámbulo de la CE)
Después vienen los once bloques de artículos. Saber qué artículos abarca cada título resuelve muchas preguntas del test.
| Parte | Artículos | Rúbrica |
|---|---|---|
| Título preliminar | 1 a 9 | Sin rúbrica: principios del Estado |
| Título I | 10 a 55 | De los derechos y deberes fundamentales |
| Título II | 56 a 65 | De la Corona |
| Título III | 66 a 96 | De las Cortes Generales |
| Título IV | 97 a 107 | Del Gobierno y de la Administración |
| Título V | 108 a 116 | De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales |
| Título VI | 117 a 127 | Del Poder Judicial |
| Título VII | 128 a 136 | Economía y Hacienda |
| Título VIII | 137 a 158 | De la Organización Territorial del Estado |
| Título IX | 159 a 165 | Del Tribunal Constitucional |
| Título X | 166 a 169 | De la reforma constitucional |
Al final están las disposiciones: cuatro adicionales (la primera ampara y respeta los derechos históricos de los territorios forales), nueve transitorias, una derogatoria, que deroga entre otras la Ley 1/1977 para la Reforma Política, y una final.
¿Qué valores superiores proclama el artículo 1?
Son cuatro, y conviene saberlos de memoria:
«España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.» (art. 1.1 CE)
El mismo artículo añade que la soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado (art. 1.2), y que la forma política del Estado es la Monarquía parlamentaria (art. 1.3). La dignidad de la persona no es un valor superior: el artículo 10.1 la sitúa como fundamento del orden político y de la paz social.
¿Qué regula el título preliminar?
| Artículo | Contenido |
|---|---|
| 1 | Estado social y democrático de Derecho, valores superiores, soberanía nacional y Monarquía parlamentaria |
| 2 | Unidad de la Nación española, derecho a la autonomía de nacionalidades y regiones y solidaridad entre ellas |
| 3 | El castellano, lengua oficial del Estado; las demás lenguas, oficiales en sus comunidades según sus Estatutos |
| 4 | La bandera: tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, la amarilla de doble anchura |
| 5 | La capital del Estado es la villa de Madrid |
| 6 | Partidos políticos: expresan el pluralismo político; estructura interna democrática |
| 7 | Sindicatos de trabajadores y asociaciones empresariales |
| 8 | Fuerzas Armadas: Ejército de Tierra, Armada y Ejército del Aire |
| 9 | Sujeción a la Constitución, igualdad real y efectiva y principios del artículo 9.3 |
El artículo 9.3 conviene saberlo palabra por palabra: garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.
Para practicarlo, tienes el test del título preliminar.
¿Cómo se organizan los derechos del título I?
El título I empieza con el artículo 10, que no pertenece a ningún capítulo, y se divide en cinco capítulos. La división importa porque de ella depende la protección de cada derecho.
| Parte del título I | Artículos | Qué contiene |
|---|---|---|
| Artículo 10 | 10 | Dignidad de la persona e interpretación conforme a la Declaración Universal de Derechos Humanos |
| Capítulo primero | 11 a 13 | De los españoles y los extranjeros (mayoría de edad a los dieciocho años, art. 12) |
| Capítulo segundo | 14 a 38 | Derechos y libertades: el artículo 14 (igualdad) y dos secciones |
| Sección 1.ª | 15 a 29 | De los derechos fundamentales y de las libertades públicas |
| Sección 2.ª | 30 a 38 | De los derechos y deberes de los ciudadanos |
| Capítulo tercero | 39 a 52 | De los principios rectores de la política social y económica |
| Capítulo cuarto | 53 y 54 | De las garantías de las libertades y derechos fundamentales |
| Capítulo quinto | 55 | De la suspensión de los derechos y libertades |
¿Qué garantías protegen los derechos fundamentales?
El artículo 53 escalona la protección en tres niveles:
| Derechos | Cómo se regulan | Protección |
|---|---|---|
| Todo el capítulo segundo (14 a 38) | Solo por ley, que respetará su contenido esencial | Vinculan a todos los poderes públicos; recurso de inconstitucionalidad contra la ley que no los respete (art. 53.1) |
| Artículo 14 y sección 1.ª (15 a 29) | El desarrollo de la sección 1.ª, por ley orgánica (art. 81.1) | Procedimiento preferente y sumario ante los tribunales ordinarios y recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional (art. 53.2) |
| Objeción de conciencia (art. 30) | Por ley | Recurso de amparo (art. 53.2, último inciso) |
| Principios rectores (39 a 52) | Informan la legislación, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos | Solo pueden alegarse ante la jurisdicción ordinaria según las leyes que los desarrollen (art. 53.3) |
«Cualquier ciudadano podrá recabar la tutela de las libertades y derechos reconocidos en el artículo 14 y la Sección primera del Capítulo segundo ante los Tribunales ordinarios por un procedimiento basado en los principios de preferencia y sumariedad y, en su caso, a través del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.» (art. 53.2 CE)
Completan las garantías el Defensor del Pueblo, alto comisionado de las Cortes Generales para defender los derechos del título I (art. 54), y el régimen de suspensión del artículo 55. En los estados de excepción y de sitio pueden suspenderse los derechos de los artículos 17, 18.2 y 18.3, 19, 20.1 a) y d) y 20.5, 21, 28.2 y 37.2, salvo el artículo 17.3 en el estado de excepción. Una ley orgánica puede además suspender de forma individual, con intervención judicial, los de los artículos 17.2 y 18.2 y 18.3 en investigaciones sobre bandas armadas o terrorismo (art. 55.2). Todo esto lo recorre el test del título I.
¿Qué funciones tiene el Rey?
«El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales, especialmente con las naciones de su comunidad histórica, y ejerce las funciones que le atribuyen expresamente la Constitución y las leyes.» (art. 56.1 CE)
La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad (art. 56.3). Por eso sus actos necesitan refrendo: los refrendan el Presidente del Gobierno y, en su caso, los ministros competentes, y de ellos responden quienes los refrendan (art. 64). La propuesta y el nombramiento del Presidente del Gobierno y la disolución del artículo 99.5 los refrenda el Presidente del Congreso (art. 64.1). La única excepción expresa al refrendo es el nombramiento y relevo libre de los miembros civiles y militares de su Casa (arts. 56.3 y 65.2); además, el Rey distribuye libremente la cantidad global que recibe de los Presupuestos para su Familia y Casa (art. 65.1).
| Artículo | Atribución del Rey |
|---|---|
| 62 a) | Sancionar y promulgar las leyes (en quince días, art. 91) |
| 62 b) | Convocar y disolver las Cortes Generales y convocar elecciones |
| 62 c) | Convocar a referéndum en los casos previstos en la Constitución |
| 62 d) | Proponer el candidato a Presidente del Gobierno, nombrarlo y poner fin a sus funciones |
| 62 e) | Nombrar y separar a los miembros del Gobierno, a propuesta de su Presidente |
| 62 f) | Expedir los decretos acordados en Consejo de Ministros |
| 62 g) | Presidir el Consejo de Ministros cuando lo estime oportuno, a petición del Presidente del Gobierno |
| 62 h) | El mando supremo de las Fuerzas Armadas |
| 62 i) | El derecho de gracia con arreglo a la ley, que no podrá autorizar indultos generales |
| 62 j) | El Alto Patronazgo de las Reales Academias |
| 63 | Acreditar embajadores, manifestar el consentimiento del Estado en los tratados y, previa autorización de las Cortes, declarar la guerra y hacer la paz |
¿Cómo funcionan la sucesión, la Regencia y la tutela?
La Corona es hereditaria en los sucesores de Juan Carlos I de Borbón. El orden sigue la primogenitura y la representación: la línea anterior antes que las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo antes que el más remoto; en el mismo grado, el varón antes que la mujer, y en el mismo sexo, la persona de más edad (art. 57.1). El heredero tiene la dignidad de Príncipe de Asturias (art. 57.2). Quien tenga derecho a suceder y se case contra la prohibición expresa del Rey y de las Cortes Generales queda excluido, con sus descendientes (art. 57.4). Las abdicaciones, las renuncias y las dudas sobre el orden de sucesión se resuelven por ley orgánica (art. 57.5).
Si el Rey es menor de edad, ejerce la Regencia su padre o su madre y, en su defecto, el pariente mayor de edad más próximo a suceder (art. 59.1). Si el Rey queda inhabilitado y las Cortes lo reconocen, la ejerce el Príncipe heredero si es mayor de edad (art. 59.2). Si no hay nadie a quien corresponda, la nombran las Cortes (art. 59.3). La tutela del Rey menor corresponde a quien haya designado el Rey difunto en su testamento; si no, al padre o la madre mientras permanezcan viudos, y en su defecto la nombran las Cortes (art. 60.1). Practícalo en el test del título II.
Artículos clave para el test
| Artículo | Qué dice |
|---|---|
| 1.1 | Valores superiores: libertad, justicia, igualdad y pluralismo político |
| 12 | Mayoría de edad a los dieciocho años |
| 53.2 | Procedimiento preferente y sumario y amparo para el artículo 14 y la sección 1.ª |
| 54 | Defensor del Pueblo, alto comisionado de las Cortes Generales |
| 56.3 | Inviolabilidad del Rey y necesidad de refrendo |
| 59.3 | Regencia nombrada por las Cortes: una, tres o cinco personas |
| 62 i) | Derecho de gracia sin indultos generales |
Trampas típicas
- Valores superiores: son cuatro (art. 1.1). Si una opción incluye la dignidad, la solidaridad o la seguridad jurídica, es falsa.
- La soberanía nacional reside en el pueblo español, no en las Cortes ni en el Rey (art. 1.2). Las Cortes representan al pueblo español (art. 66.1), que es otra cosa.
- Amparo: protege los artículos 14 a 29 y la objeción de conciencia del 30 (art. 53.2). No protege el resto de la sección 2.ª ni los principios rectores.
- Artículo 17.3: no se suspende en el estado de excepción, pero el artículo 55.1 no lo excluye en el de sitio.
- Refrendo: lo normal es el Presidente del Gobierno o los ministros; el Presidente del Congreso refrenda solo la propuesta y el nombramiento del Presidente del Gobierno y la disolución del artículo 99.5 (art. 64.1).
- Regencia y tutela: la Regencia nombrada por las Cortes puede ser de una, tres o cinco personas, nunca de dos o cuatro (art. 59.3). El tutor nombrado en testamento por el Rey difunto tiene que ser mayor de edad y español de nacimiento (art. 60.1); para ser Regente basta ser español y mayor de edad (art. 59.4).
- Fuerzas Armadas: el artículo 8 dice Ejército de Tierra, Armada y Ejército del Aire; no menciona la Guardia Civil.
Si estás empezando, mira cómo encaja este tema en el programa de cada cuerpo en el temario de Auxilio Judicial, el de Tramitación Procesal o el de Gestión Procesal, y practica con el test de la Constitución.
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Dudas
Preguntas frecuentes
¿Cuántas veces se ha reformado la Constitución?
Cuatro. En 1992 se reformó el artículo 13.2 para añadir el sufragio pasivo de los extranjeros en las elecciones municipales; en 2011, el artículo 135 (estabilidad presupuestaria); en 2024, el artículo 49 (personas con discapacidad), y en mayo de 2026, el artículo 69.3, para que Ibiza y Formentera elijan cada una su propio senador. Esta última se aplica desde las primeras elecciones al Senado que se celebren tras su entrada en vigor (disposición transitoria única de la reforma).
¿Qué diferencia hay entre la reforma ordinaria y la agravada de la Constitución?
La ordinaria (art. 167) exige tres quintos de cada Cámara y solo va a referéndum si lo pide una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras en los quince días siguientes. La agravada (art. 168) se aplica a la revisión total o a la que afecte al título preliminar, a la sección 1.ª del capítulo segundo del título I o al título II: aprobación del principio por dos tercios, disolución inmediata de las Cortes, nueva aprobación por dos tercios de las Cámaras elegidas y referéndum obligatorio.
¿Tienen los extranjeros los mismos derechos que los españoles?
No del todo. Gozan de las libertades públicas del título I en los términos de los tratados y la ley (art. 13.1), pero los derechos de participación política del artículo 23 son solo de los españoles, salvo el sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales, que puede reconocerse por tratado o ley atendiendo a la reciprocidad (art. 13.2).
¿Puede reformarse la Constitución durante un estado de alarma?
No se puede iniciar. El artículo 169 prohíbe iniciar la reforma constitucional en tiempo de guerra o mientras esté vigente alguno de los estados del artículo 116, que son los de alarma, excepción y sitio.
De dónde sale cada dato
- Constitución Española (texto consolidado en el BOE)
- Reforma del apartado 3 del artículo 69 de la Constitución Española, de 19 de mayo de 2026
- Orden PJC/1549/2025, de 22 de diciembre (convocatoria y programa de los cuerpos generales)
Redacción de Opositor Justicia · Revisado el 25 de octubre de 2026. No somos una academia ni el Ministerio: ante cualquier duda, manda el texto del BOE y la convocatoria.