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El Gobierno y la Administración: Presidente, Consejo de Ministros, órganos de la Administración y Secretaría de Estado de Justicia

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Test de la Constitución

9 min de lectura · Revisado el 25 de octubre de 2026 · Programa de la convocatoria de diciembre de 2025

En este tema · 8 apartados
  1. ¿Quién forma el Gobierno y cómo se nombra?
  2. ¿Cómo llega el Presidente al cargo y cómo lo pierde?
  3. ¿Qué funciones tienen el Presidente y el Consejo de Ministros?
  4. ¿Cómo se organiza la Administración General del Estado?
  5. ¿Qué es la Administración periférica del Estado?
  6. ¿Qué competencias tiene la Secretaría de Estado de Justicia?
  7. Artículos clave para el test
  8. Trampas típicas

El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado, y ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria (art. 97 CE); lo forman el Presidente, el Vicepresidente o Vicepresidentes, en su caso, y los Ministros (art. 1.2 de la Ley 50/1997, del Gobierno).

El tema 3 de los tres cuerpos junta tres normas: la Constitución (títulos IV y V), la Ley 50/1997, del Gobierno, y la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, que organiza la Administración General del Estado. Termina con la Secretaría de Estado de Justicia, que es la parte del Ministerio que más te afecta como futuro funcionario de Justicia.

¿Quién forma el Gobierno y cómo se nombra?

La Constitución dice que el Gobierno se compone del Presidente, los Vicepresidentes, en su caso, los Ministros «y de los demás miembros que establezca la ley» (art. 98.1); la Ley 50/1997 lo forma con el Presidente, los Vicepresidentes y los Ministros (art. 1.2). Puede haber ministros sin cartera, con funciones gubernamentales concretas (art. 4.2 Ley 50/1997). Desde la Ley Orgánica 2/2024, en el nombramiento de vicepresidencias y ministerios cada sexo debe suponer al menos el cuarenta por ciento (art. 12.2 bis Ley 50/1997).

«Los demás miembros del Gobierno serán nombrados y separados por el Rey, a propuesta de su Presidente.» (art. 100 CE)

Los miembros del Gobierno no pueden ejercer otras funciones representativas que las del mandato parlamentario, ni otra función pública que no derive de su cargo, ni actividad profesional o mercantil alguna (art. 98.3 CE).

¿Cómo llega el Presidente al cargo y cómo lo pierde?

Tras cada renovación del Congreso, el Rey, previa consulta con los representantes de los grupos políticos con representación parlamentaria y a través del Presidente del Congreso, propone un candidato, que expone su programa y pide la confianza de la Cámara (art. 99.1 y 2 CE).

Mecanismo Quién lo inicia Mayoría Artículo
Investidura, primera votación Candidato propuesto por el Rey Absoluta del Congreso 99.3
Investidura, segunda votación La misma propuesta, cuarenta y ocho horas después Simple 99.3
Sin investidura en dos meses desde la primera votación El Rey disuelve ambas Cámaras con el refrendo del Presidente del Congreso No hay votación 99.5
Moción de censura Al menos la décima parte de los diputados, con un candidato Absoluta del Congreso 113
Cuestión de confianza El Presidente, previa deliberación del Consejo de Ministros Simple 112

La moción de censura no puede votarse hasta pasados cinco días desde que se presenta, y en los dos primeros días pueden presentarse mociones alternativas; si no prospera, sus firmantes no pueden presentar otra en el mismo periodo de sesiones (art. 113.3 y 4). Si se aprueba, el Gobierno dimite y el candidato queda investido (art. 114.2). Si el Congreso niega la confianza, el Gobierno dimite y se abre una nueva investidura (art. 114.1).

El Gobierno cesa tras las elecciones generales, por pérdida de la confianza parlamentaria o por dimisión o fallecimiento de su Presidente, y continúa en funciones hasta que toma posesión el nuevo (art. 101 CE). El Presidente puede proponer la disolución del Congreso, del Senado o de las Cortes Generales bajo su exclusiva responsabilidad, pero no mientras se tramita una moción de censura ni antes de un año desde la anterior disolución, salvo la del artículo 99.5 (art. 115 CE).

¿Qué funciones tienen el Presidente y el Consejo de Ministros?

«El Presidente dirige la acción del Gobierno y coordina las funciones de los demás miembros del mismo, sin perjuicio de la competencia y responsabilidad directa de éstos en su gestión.» (art. 98.2 CE)

Presidente del Gobierno (art. 2.2 Ley 50/1997) Consejo de Ministros (art. 5.1 Ley 50/1997)
Representar al Gobierno y fijar su programa político Aprobar los proyectos de ley y remitirlos a las Cortes
Proponer al Rey la disolución de las Cámaras, previa deliberación del Consejo Aprobar el proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado
Plantear la cuestión de confianza y proponer el referéndum consultivo Aprobar los reales decretos-leyes y los reales decretos legislativos
Interponer el recurso de inconstitucionalidad Acordar la negociación y firma de tratados y remitirlos a las Cortes
Crear, modificar y suprimir por real decreto los ministerios y las secretarías de Estado Declarar los estados de alarma y de excepción y proponer el de sitio
Proponer al Rey el nombramiento y separación de vicepresidentes y ministros Aprobar los reglamentos de desarrollo de las leyes, previo dictamen del Consejo de Estado
Convocar y presidir el Consejo de Ministros y fijar su orden del día Crear, modificar y suprimir los órganos directivos de los ministerios
Resolver los conflictos de atribuciones entre ministerios Emitir deuda pública o contraer crédito si una ley lo autoriza

Las deliberaciones del Consejo de Ministros son secretas (art. 5.3) y a sus reuniones pueden asistir los secretarios de Estado y, excepcionalmente, otros altos cargos convocados (art. 5.2). Los miembros del Gobierno se reúnen también en Comisiones Delegadas, creadas por real decreto del Consejo de Ministros a propuesta del Presidente (arts. 1.3 y 6). La Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios prepara los asuntos del Consejo de Ministros: la preside un Vicepresidente o, en su defecto, el Ministro de la Presidencia, actúa como secretario el Subsecretario de la Presidencia y no puede adoptar acuerdos por delegación del Gobierno (art. 8 Ley 50/1997).

¿Cómo se organiza la Administración General del Estado?

La Ley 40/2015 la divide en Organización Central (ministerios y servicios comunes), Organización Territorial y Administración en el exterior (art. 55.2), y distingue entre órganos superiores y directivos:

Órgano Clase Qué hace Quién lo nombra
Ministro Superior Dirige los sectores de su ministerio y ejerce la potestad reglamentaria en sus materias (art. 61 Ley 40/2015) El Rey, a propuesta del Presidente (art. 100 CE)
Secretario de Estado Superior Responde directamente de la ejecución de la acción del Gobierno en un sector de actividad (art. 62.1) Real decreto del Consejo de Ministros, a propuesta del Presidente o del ministro (art. 15.1 Ley 50/1997)
Subsecretario Directivo Representación ordinaria del ministerio, servicios comunes y jefatura superior de todo su personal (art. 63.1) Real decreto del Consejo de Ministros, a propuesta del ministro, entre funcionarios del subgrupo A1 (art. 63.3)
Director general Directivo Gestión de una o varias áreas funcionalmente homogéneas (art. 66.1) Real decreto del Consejo de Ministros; en principio, funcionario del subgrupo A1 (art. 66.2)
Subdirector general Directivo Ejecución de los proyectos y gestión ordinaria de su subdirección (art. 67.1) El ministro, secretario de Estado o subsecretario del que dependa, entre funcionarios A1 (art. 67.2)

Entre los órganos directivos están también los secretarios generales, con categoría de subsecretario (art. 64.3), y los secretarios generales técnicos, con categoría de director general (art. 65.2). Todos los órganos superiores y directivos son altos cargos, excepto los subdirectores generales y asimilados (art. 55.6). El número, la denominación y las competencias de los ministerios y de las secretarías de Estado se fijan por real decreto del Presidente del Gobierno (art. 57.3).

¿Qué es la Administración periférica del Estado?

«Un Delegado nombrado por el Gobierno dirigirá la Administración del Estado en el territorio de la Comunidad Autónoma y la coordinará, cuando proceda, con la administración propia de la Comunidad.» (art. 154 CE)

Hay una Delegación del Gobierno en cada comunidad autónoma, con sede donde radique el Consejo de Gobierno de la comunidad, salvo que el Consejo de Ministros acuerde otra (art. 69.1 y 2 Ley 40/2015).

Delegado del Gobierno Subdelegado del Gobierno
Dónde Uno en cada comunidad autónoma Uno en cada provincia de las comunidades pluriprovinciales; en las uniprovinciales, solo si se crea por real decreto (art. 69.4)
Rango Subsecretario (art. 72.3) Subdirector general (art. 74)
Nombramiento Real decreto del Consejo de Ministros, a propuesta del Presidente del Gobierno (art. 72.4) El Delegado, por libre designación entre funcionarios del subgrupo A1 (art. 74)
Dependencia Orgánica del Presidente del Gobierno y funcional del ministerio competente por razón de la materia (art. 72.3) Inmediata del Delegado del Gobierno

El Delegado representa al Gobierno en la comunidad, dirige y coordina la Administración del Estado en ella, protege el libre ejercicio de los derechos y garantiza la seguridad ciudadana con la jefatura de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (arts. 72 y 73.3). En las islas puede haber Directores Insulares, nombrados por el Delegado (art. 70).

¿Qué competencias tiene la Secretaría de Estado de Justicia?

Según el Real Decreto 204/2024 (texto consolidado consultado en octubre de 2026), el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes actúa a través de dos secretarías de Estado (la de Justicia y la de Relaciones con las Cortes y Asuntos Constitucionales), la Subsecretaría y la Abogacía General del Estado (art. 1.3).

La Secretaría de Estado de Justicia es el órgano superior que se encarga, bajo la autoridad del ministro, de la coordinación con las comunidades autónomas en materia de justicia; la ordenación, planificación, apoyo y cooperación con la Administración de Justicia y con la Fiscalía; la cooperación jurídica internacional; la gestión de los bienes procedentes de actividades delictivas, y el estado civil, la nacionalidad, el Registro Civil, la fe pública notarial y otros registros (art. 2.1). También participa en las relaciones con el Consejo General del Poder Judicial, el Ministerio Fiscal y los consejos generales de la Abogacía, los Procuradores y los Graduados Sociales.

De ella dependen la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, con rango de subsecretaría, y la Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional (art. 2.2). Esa Secretaría General tiene por debajo las Direcciones Generales para la Eficiencia del Servicio Público de Justicia, de Transformación Digital de la Administración de Justicia y de Seguridad Jurídica y Fe Pública; su titular es el Secretario General de la Administración de Justicia del artículo 463.2 de la LOPJ y dirige a los Letrados de la Administración de Justicia (art. 3.2 y 3). Están adscritos a la Secretaría de Estado el Centro de Estudios Jurídicos y la Mutualidad General Judicial (art. 1.4 b).

Artículos clave para el test

Artículo Qué dice
97 CE Funciones del Gobierno: función ejecutiva y potestad reglamentaria
99.3 CE Investidura: mayoría absoluta; simple cuarenta y ocho horas después
99.5 CE Disolución si en dos meses no hay Presidente investido
113 CE Moción de censura: décima parte de los diputados, candidato y cinco días
115.3 CE No cabe nueva disolución antes de un año
5.3 Ley 50/1997 Las deliberaciones del Consejo de Ministros son secretas
8 Ley 50/1997 Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios
55.3 Ley 40/2015 Órganos superiores y directivos
72.3 Ley 40/2015 El Delegado del Gobierno tiene rango de subsecretario
74 Ley 40/2015 El Subdelegado tiene nivel de subdirector general

Trampas típicas

  • Órganos superiores: solo los ministros y los secretarios de Estado. Los subsecretarios ya son órganos directivos (art. 55.3 Ley 40/2015).
  • Altos cargos: todos los órganos superiores y directivos, salvo los subdirectores generales (art. 55.6).
  • Delegado y Subdelegado: el Delegado tiene rango de subsecretario y lo nombra el Consejo de Ministros; el Subdelegado tiene nivel de subdirector general y lo nombra el Delegado (arts. 72 y 74).
  • Moción de censura: la propone la décima parte de los diputados y se aprueba por mayoría absoluta; la cuestión de confianza se gana por mayoría simple (arts. 112 y 113 CE).
  • Cuarenta y ocho horas entre las dos votaciones de investidura y dos meses desde la primera votación para disolver (art. 99 CE).
  • Deliberaciones: secretas en el Consejo de Ministros y en las Comisiones Delegadas; reservadas en la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios (arts. 5.3, 6.5 y 8.4 Ley 50/1997).

Las relaciones entre el Gobierno y las Cortes las puedes practicar en los test del título IV y del título V. Completa este tema con las Cortes Generales y la organización territorial del Estado, y mira cómo se reparten los temas en el temario de Auxilio Judicial.

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Dudas

Preguntas frecuentes

¿Qué requisitos hay que reunir para ser ministro?

Ser español, mayor de edad, disfrutar de los derechos de sufragio activo y pasivo, no estar inhabilitado para ejercer empleo o cargo público por sentencia judicial firme y reunir los requisitos de idoneidad de la Ley 3/2015, reguladora del ejercicio del alto cargo (art. 11 de la Ley 50/1997).

¿Quién sustituye al Presidente del Gobierno si falta?

En caso de vacante, ausencia o enfermedad, los Vicepresidentes según su orden de prelación y, en su defecto, los Ministros según el orden de precedencia de los Departamentos (art. 13.1 de la Ley 50/1997).

¿Qué no puede hacer un Gobierno en funciones?

Se limita al despacho ordinario de los asuntos públicos, salvo urgencia o interés general acreditados. No puede aprobar el proyecto de ley de Presupuestos ni presentar proyectos de ley, y su Presidente no puede proponer la disolución de las Cámaras, plantear la cuestión de confianza ni proponer un referéndum consultivo (art. 21 de la Ley 50/1997).

¿Ante quién responden penalmente el Presidente y los ministros?

Ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. Si la acusación es por traición o por un delito contra la seguridad del Estado en el ejercicio de sus funciones, solo puede plantearla la cuarta parte de los diputados con la aprobación de la mayoría absoluta del Congreso, y no cabe el indulto (art. 102 CE).

De dónde sale cada dato

Redacción de Opositor Justicia · Revisado el 25 de octubre de 2026. No somos una academia ni el Ministerio: ante cualquier duda, manda el texto del BOE y la convocatoria.