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El Tribunal Supremo, con sede en Madrid, es el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes, salvo lo dispuesto en materia de garantías constitucionales (art. 123.1 CE y art. 53 LOPJ). Por debajo, la Audiencia Nacional tiene jurisdicción en toda España (art. 62 LOPJ), cada Tribunal Superior de Justicia culmina la organización judicial de su comunidad autónoma (art. 70) y cada Audiencia Provincial extiende su jurisdicción a su provincia (art. 80).
¿Dónde encajan en la organización judicial?
El artículo 26 LOPJ, en la redacción de la Ley Orgánica 1/2025, enumera siete clases de tribunales. Los cuatro de este tema son colegiados; los otros tres (jueces de paz, Tribunales de Instancia y Tribunal Central de Instancia) los tienes en el tema de los Tribunales de Instancia. Su gobierno interno, a cargo de las Salas de Gobierno, está en el tema del Poder Judicial y el CGPJ.
La reforma de 2025 no ha cambiado los números de artículo de estos órganos (53 a 83 LOPJ), pero sí el texto de varios: los recursos que antes venían «de los Juzgados» ahora llegan de las Secciones de los Tribunales de Instancia, y la Audiencia Nacional revisa las resoluciones del nuevo Tribunal Central de Instancia, heredero de los Juzgados Centrales (arts. 65, 66, 73, 74, 75 y 82).
| Órgano | Sede y ámbito | Salas o composición | Artículos LOPJ |
|---|---|---|---|
| Tribunal Supremo | Madrid, toda España | Cinco Salas: Civil, Penal, Contencioso-Administrativo, Social y Militar | 53 a 61 |
| Audiencia Nacional | Madrid, toda España | Cuatro Salas: Apelación, Penal, Contencioso-Administrativo y Social | 62 a 69 |
| Tribunal Superior de Justicia | Comunidad autónoma | Tres Salas: Civil y Penal, Contencioso-Administrativo y Social | 70 a 79 |
| Audiencia Provincial | Capital de la provincia | Presidente y dos o más magistrados, en una o varias Secciones | 80 a 83 |
¿Cómo se organiza el Tribunal Supremo?
«El Tribunal Supremo, con sede en la villa de Madrid, es el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes, salvo lo dispuesto en materia de garantías Constitucionales. Tendrá jurisdicción en toda España y ningún otro podrá tener el título de Supremo.» (art. 53 LOPJ)
Lo componen su Presidente, los Presidentes de Sala y los magistrados de cada Sala (art. 54). Las garantías constitucionales que quedan fuera son terreno del Tribunal Constitucional.
| Sala | Qué conoce |
|---|---|
| Primera, de lo Civil (art. 56) | Casación, revisión y demás recursos extraordinarios civiles; responsabilidad civil de los aforados del Estado (Presidente del Gobierno, Presidentes de las Cámaras, diputados y senadores, entre otros) y de los magistrados de la Audiencia Nacional y de los TSJ por hechos del cargo |
| Segunda, de lo Penal (art. 57) | Casación, revisión y demás recursos extraordinarios penales; instrucción y enjuiciamiento de las causas contra esos aforados y contra magistrados de la Audiencia Nacional o de un TSJ |
| Tercera, de lo Contencioso-Administrativo (art. 58) | En única instancia, recursos contra actos y disposiciones del Consejo de Ministros, sus Comisiones Delegadas y el CGPJ, y contra los de los órganos del Congreso, el Senado, el Tribunal Constitucional, el Tribunal de Cuentas y el Defensor del Pueblo en los términos legales; casación y revisión |
| Cuarta, de lo Social (art. 59) | Casación, revisión y demás recursos extraordinarios sociales |
| Quinta, de lo Militar (art. 55) | Se rige por su legislación específica |
Las Salas de lo Civil y de lo Penal conocen además de las acciones contra la Reina consorte o el consorte de la Reina, la Princesa o el Príncipe de Asturias y su consorte, y el Rey o la Reina que hubiere abdicado y su consorte (art. 55 bis). En las causas contra aforados, la Sala de lo Penal designa por turno a un instructor que no forma parte de la Sala que juzga (art. 57.2).
Existe también la Sala del artículo 61, formada por el Presidente del Supremo, los Presidentes de Sala y el magistrado más antiguo y el más moderno de cada una. Conoce, entre otros asuntos, de la revisión de las sentencias dictadas en única instancia por la Sala Tercera, de la recusación del Presidente, de los Presidentes de Sala o de más de dos magistrados de una Sala, del error judicial imputado a una Sala del Supremo y de la ilegalización de partidos políticos (art. 61.1).
¿Qué competencias tiene la Audiencia Nacional?
Tiene sede en Madrid y jurisdicción en toda España (art. 62). Su Presidente tiene la consideración de Presidente de Sala del Supremo y es Presidente nato de todas sus Salas (art. 63.2).
- Sala de lo Penal (art. 65): enjuicia, salvo que corresponda en primera instancia a la Sección de lo Penal del Tribunal Central de Instancia, los delitos contra el titular de la Corona, su consorte o su sucesor, altos organismos de la Nación y forma de Gobierno; la falsificación de moneda y de medios de pago por organizaciones o grupos criminales; las defraudaciones con grave repercusión en el tráfico mercantil o en la economía nacional, o con perjuicio a una generalidad de personas en más de una Audiencia; el tráfico de drogas por bandas organizadas con efectos en distintas Audiencias; los delitos cometidos fuera de España cuando deban juzgarlos tribunales españoles; los atribuidos a la Fiscalía Europea cuando esta ejerza su competencia, y el contrabando de material de defensa y de doble uso. Resuelve la extradición pasiva y los recursos contra las Secciones de lo Penal, de Instrucción, de Menores y de Vigilancia Penitenciaria del Tribunal Central de Instancia.
- Sala de Apelación (art. 64 bis): resuelve los recursos de apelación contra las resoluciones de la Sala de lo Penal.
- Sala de lo Contencioso-Administrativo (art. 66): en única instancia, recursos contra disposiciones y actos de ministros y secretarios de Estado que la ley no atribuya a la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Central de Instancia, y recursos contra las resoluciones de esa Sección.
- Sala de lo Social (art. 67): en única instancia, impugnación de convenios colectivos y conflictos colectivos de ámbito superior al de una comunidad autónoma.
¿Qué hace un Tribunal Superior de Justicia?
«El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma culminará la organización judicial en el ámbito territorial de aquélla, sin perjuicio de la jurisdicción que corresponde al Tribunal Supremo.» (art. 70 LOPJ)
Toma el nombre de la comunidad autónoma (art. 71). Su Presidente lo es también de la Sala de lo Civil y Penal y tiene la consideración de magistrado del Supremo mientras ocupa el cargo (art. 72.2).
| Sala | Qué conoce |
|---|---|
| Civil y Penal, como Sala de lo Civil (art. 73.1 y 2) | Casación y revisión por infracción del Derecho civil foral o especial de la comunidad, si el Estatuto lo prevé; apoyo y control del arbitraje; responsabilidad civil del Presidente y los miembros del Consejo de Gobierno y de los parlamentarios autonómicos |
| Civil y Penal, como Sala de lo Penal (art. 73.3) | Causas que los Estatutos reservan al TSJ; causas contra jueces, magistrados y fiscales por delitos cometidos en el cargo en la comunidad, si no corresponden al Supremo; apelación contra las resoluciones dictadas en primera instancia por las Audiencias Provinciales |
| Contencioso-Administrativo (art. 74) | En única instancia, actos de las entidades locales y de la Administración autonómica no atribuidos a los Tribunales de Instancia y disposiciones generales autonómicas y locales, entre otros; apelaciones contra sentencias y autos de las Secciones de lo Contencioso-Administrativo de los Tribunales de Instancia |
| Social (art. 75) | En única instancia, controversias entre trabajadores y empresarios de ámbito superior al de una Sección de lo Social y no superior a la comunidad; recursos contra las resoluciones de las Secciones de lo Social de los Tribunales de Instancia |
Con carácter excepcional pueden crearse Salas de lo Contencioso-Administrativo o de lo Social con jurisdicción limitada a una o varias provincias de la comunidad (art. 78). La Sala de Gobierno del TSJ de Andalucía ejerce también sus competencias sobre Ceuta y Melilla (art. 106.2).
¿Qué competencias tienen las Audiencias Provinciales?
Tienen su sede en la capital de la provincia, de la que toman el nombre (art. 80.1), aunque pueden crearse Secciones fuera de ella (art. 80.2). Las forman un Presidente y dos o más magistrados (art. 81.1).
| Orden | Qué conoce (art. 82 LOPJ) |
|---|---|
| Penal | Enjuicia las causas por delito que no correspondan a las Secciones de lo Penal de los Tribunales de Instancia u otros tribunales; recursos contra las Secciones de Instrucción, de lo Penal, de Violencia sobre la Mujer y de Violencia contra la Infancia y la Adolescencia (en lo penal), de Menores y de Vigilancia Penitenciaria (si no corresponde a la Audiencia Nacional) |
| Civil | Recursos contra las resoluciones en primera instancia de las Secciones Civiles, de Familia, Infancia y Capacidad, de Violencia sobre la Mujer y de Violencia contra la Infancia y la Adolescencia (en lo civil) y de lo Mercantil, salvo los incidentes concursales en materia laboral |
| Otras | Cuestiones de competencia civiles y penales entre jueces de los Tribunales de Instancia de la provincia y recusaciones de los magistrados de la propia Audiencia |
Para los recursos contra las Secciones de Instrucción en juicios por delito leve y contra las Secciones Civiles en juicios verbales por razón de la cuantía, la Audiencia se constituye con un solo magistrado, por turno de reparto (art. 82.1.2.º y 82.2.1.º). Las secciones mercantiles de la Audiencia Provincial de Alicante conocen en segunda instancia, para toda España, de los asuntos de marca de la Unión Europea y de dibujos y modelos comunitarios, y a esos efectos se llaman Tribunales de Marca de la Unión Europea (art. 82.3). El juicio por jurado se celebra en el ámbito de la Audiencia Provincial u otros tribunales (art. 83.1).
Artículos clave para el test
| Artículo | Qué dice |
|---|---|
| 123.1 CE | El Supremo es superior en todos los órdenes, salvo en garantías constitucionales |
| 55 LOPJ | Cinco Salas en el Supremo; la Quinta es la de lo Militar |
| 57.1.2.º LOPJ | Sala de lo Penal del Supremo: causas contra el Presidente del Gobierno, diputados, senadores y otros aforados |
| 61.1 LOPJ | Sala especial: revisión de sentencias de la Sala Tercera en única instancia, error judicial de una Sala, ilegalización de partidos |
| 63.2 LOPJ | Presidente de la Audiencia Nacional: consideración de Presidente de Sala del Supremo |
| 64.1 LOPJ | Cuatro Salas en la Audiencia Nacional |
| 67 LOPJ | Sala de lo Social de la AN: convenios y conflictos colectivos de ámbito superior a una comunidad |
| 72.2 LOPJ | Presidente del TSJ: preside la Sala de lo Civil y Penal y tiene consideración de magistrado del Supremo |
| 73.3.c LOPJ | El TSJ resuelve la apelación contra lo que juzgan en primera instancia las Audiencias |
| 81.1 LOPJ | Audiencia Provincial: Presidente y dos o más magistrados |
| 82.3 LOPJ | Alicante: Tribunales de Marca de la Unión Europea en segunda instancia |
Trampas típicas
- Cinco Salas o cuatro. El Supremo tiene cinco; la Audiencia Nacional, cuatro, y ninguna de estas cuatro es de lo Civil (arts. 55 y 64.1 LOPJ).
- Una Sala de lo Civil y Penal. En los TSJ lo civil y lo penal forman una sola Sala; en el Supremo son dos (arts. 55 y 72.1).
- Presidente de Sala o magistrado del Supremo. El Presidente de la Audiencia Nacional se equipara a un Presidente de Sala del Supremo (art. 63.2); el de un TSJ, a un magistrado del Supremo (art. 72.2).
- ¿Quién revisa a la Sala Tercera? Sus sentencias en única instancia se revisan ante la Sala del artículo 61, no ante la propia Sala Tercera (art. 61.1.1.º).
- La apelación penal de la Audiencia. Lo que la Audiencia Provincial juzga en primera instancia se apela ante el TSJ, no ante el Supremo (art. 73.3.c).
- Tramitar o resolver la extradición. La tramita la Sección de Instrucción del Tribunal Central de Instancia (art. 95.a) y la resuelve la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional (art. 65.4.º).
- Alicante, dos veces. En primera instancia, la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Alicante (art. 87.10); en segunda, las secciones mercantiles de su Audiencia Provincial (art. 82.3).
- Un solo magistrado, no siempre. Solo en los recursos de delitos leves y de juicios verbales por razón de la cuantía (art. 82).
Este tema está en los programas de los tres cuerpos: lo tienes enlazado en el temario de Auxilio Judicial, el de Tramitación Procesal y el de Gestión Procesal.
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Dudas
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional?
El Supremo es el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes, salvo en materia de garantías constitucionales, y forma parte del Poder Judicial (art. 123.1 CE). El Tribunal Constitucional no pertenece al Poder Judicial: tiene su propio título en la Constitución, el IX, y conoce, entre otros, del recurso de amparo (art. 161 CE).
¿Quién juzga a un diputado o a un senador?
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (art. 71.3 CE y art. 57.1.2.º LOPJ). La misma Sala conoce de las causas contra el Presidente y los miembros del Gobierno (art. 102.1 CE). En estas causas se designa por turno un instructor que después no forma parte de la Sala que juzga (art. 57.2 LOPJ).
¿La Audiencia Nacional tiene Sala de lo Civil?
No. Tiene cuatro Salas: de Apelación, de lo Penal, de lo Contencioso-Administrativo y de lo Social (art. 64.1 LOPJ). El Supremo sí tiene Sala de lo Civil, y en los Tribunales Superiores de Justicia lo civil va unido a lo penal en una sola Sala.
¿Ante quién se recurre una sentencia de una Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia?
Ante la Audiencia Provincial (art. 82.1.2.º LOPJ). Si la sentencia la dicta la propia Audiencia Provincial en primera instancia, la apelación corresponde a la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia (art. 73.3.c LOPJ).
De dónde sale cada dato
- Ley Orgánica del Poder Judicial (arts. 53 a 83) (texto consolidado en el BOE)
- Constitución Española (texto consolidado en el BOE)
- Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia
- Orden PJC/1549/2025, de 22 de diciembre (convocatoria y programas)
Redacción de Opositor Justicia · Revisado el 25 de octubre de 2026. No somos una academia ni el Ministerio: ante cualquier duda, manda el texto del BOE y la convocatoria.